欧浪新闻 · 2026/7/1 · Reyes Rincón

El Supremo investigará a Alvise por incitar al colapso de las comunicaciones durante unas protestas agrícolas

La Sala Penal abre la sexta causa al eurodiputado y líder de Se Acabó La Fiesta

El Supremo investigará a Alvise por incitar al colapso de las comunicaciones durante unas protestas agrícolas

El Supremo investigará a Alvise por incitar al colapso de las comunicaciones durante unas protestas agrícolas La Sala Penal abre la sexta causa al eurodiputado y líder de Se Acabó La Fiesta El Tribunal Supremo ha abierto una nueva causa, la sexta ya, contra el eurodiputado Luis Pérez, Alvise.

En esta ocasión, la Sala Penal atribuye al líder de Se Acabó La Fiesta (SALF) un presunto delito de desorden público por alentar desde su canal de Telegram al colapso de carreteras e infraestructuras públicas durante unas protestas agrícolas en 2024.

Según el tribunal, estas publicaciones no encajan, en principio, con “simples manifestaciones de crítica política, protesta social o adhesiones a una movilización sectorial”.

La instructora de esta causa será la magistrada Carmen Lamela.

Nunca un aforado ha sumado tantas causas como tiene ya abiertas Alvise en el Supremo.

Antes del nuevo procedimiento que ha abierto este martes, la Sala Penal ya le investigaba por recibir, supuestamente, 100.000 euros en efectivo de un empresario de criptomonedas para su campaña para las últimas elecciones europeas; por difundir una prueba falsa de covid del actual presidente de la Generalitat y exministro de Sanidad Salvador Illa; por amenazar en redes sociales a la fiscal de delitos de odio de Valencia, Susana Gisbert; por supuestos delitos de revelación de secretos y acoso a Diego Solier y Nora Junco, dos eurodiputados que se presentaron con él a las elecciones europeas de 2024 con la agrupación Se Acabó La Fiesta y que han abandonado la formación; y por supuestas amenazas al alcalde de Algeciras, José Ignacio Landaluce.

La sexta causa se le ha abierto después de que el tribunal analizara el contenido de mensajes difundidos en la cuenta de Alvise en Telegram con ocasión de las movilizaciones de agricultores que tuvieron lugar en febrero de 2024.

Su contenido, explican los magistrados, “valorado de forma conjunta y en su contexto temporal, incorpora llamamientos reiterados a la ocupación, bloqueo y colapso de vías de comunicación, accesos urbanos, centros logísticos, puertos, refinerías y nodos de distribución; propone la utilización de vehículos propios para apoyar cortes circulatorios; alude a la necesidad de aprovechar la insuficiencia de efectivos policiales; y asocia la movilización a fórmulas de coordinación colectiva con aptitud para afectar de modo grave al orden público”.

Según el Supremo, esas publicaciones no están amparadas por la libertad de expresión, la libertad ideológica y el derecho de participación política que protegen el discurso crítico frente al Gobierno, la denuncia de actuaciones policiales o la convocatoria de protestas.

“Tal protección no se extiende, sin más, a los llamamientos directos y públicamente difundidos a la ejecución de conductas que, por su número, organización, finalidad y riesgo generado, pueden integrar los presupuestos de los desórdenes públicos agravados”, subrayan los jueces.

Algunas de las publicaciones por las que el Supremo en...