欧浪新闻 · 2026/7/19 · Manuel Marraco
Lo que la Audiencia de Madrid no ha cambiado: el juicio a Begoña Gómez se mantiene para antes de las generales
La Audiencia de Madrid ha hecho ajustes en el caso Begoña que afectan a aspectos relevantes, como el número de acusados y los delitos que afrontarán. Pero esas modificaciones...
Lo que la Audiencia de Madrid no ha cambiado: el juicio a Begoña Gómez se mantiene para antes de las generales El cambio de acusados y delitos no implica que la vista llegue tras los comicios España La Audiencia de Madrid ratifica el juicio con jurado a Begoña Gómez por los delitos de tráfico de influencias y malversación y le retira las medidas cautelares La Audiencia de Madrid ha hecho ajustes en el caso Begoña que afectan a aspectos relevantes, como el número de acusados y los delitos que afrontarán.
Pero esas modificaciones del tribunal que revisa la actuación del juez Juan Carlos Peinado no afectarán apenas al calendario que estaba previsto ante un juicio con jurado: si no hay adelanto electoral, la vista oral a la esposa del presidente del Gobierno podrá celebrarse antes de la fecha prevista para las próximas generales.
El juez Peinado ya había dado por terminada la fase de investigación y puesto en marcha el envío del procedimiento a la Audiencia Provincial, competente para el enjuiciamiento.
El instructor había dictado ya el auto de apertura de juicio oral, que fijaba los acusados y los hechos enjuiciados y que recogía los escritos de acusación y defensa.
La decisión de la Sección 23 de estimar parcialmente los recursos de las defensas y de la Fiscalía de Madrid implican que ese auto de apertura ya no es válido y que deberán repetirse algunos trámites de la llamada fase intermedia.
«La revocación parcial del auto de continuación del procedimiento por ley de jurado exige, conforme se ha acordado, que quede sin efecto el auto de apertura de juicio oral al haberse constreñido los hechos punibles y los imputados».
«Por tanto», proseguía el tribunal en su resolución del jueves, «deberá el juez de instructor conferir nuevo traslado a las partes a fin de que insten en el plazo de cinco días lo que estimen oportuno respecto de la apertura del juicio oral, formulando escrito de conclusiones provisionales».
El trámite para volver a dictar el auto de juicio oral puede despacharse rápidamente, puesto que la Ley del jurado fija en días los plazos para los pasos que hay que repetir.
Eso supone que la previsión de que el juicio pueda celebrarse en la primavera de 2027 se mantiene.
En los cálculos puede tener repercusión la inminencia de las vacaciones de verano y el hecho de que Peinado tenga prevista su jubilación para septiembre.
El plazo más común desde que se dicta el auto de apertura de juicio oral hasta su celebración es de seis meses.
La espera también podría extenderse si el magistrado al que por turno corresponda presidir el juicio -y que aún no ha sido designado- tiene una carga de trabajo más alta de lo habitual.